QUE DEBE REALIZAR UN CONDUCTOR EN CASO DE EMERGENCIA
Todo Conductor Debe:
Operar el vehículo con seguridad y Responsabilidad.
Revisar Vehículo antes, durante y después de la conducción.
Presentar por escrito cualquier novedad que se presente en el viaje.
Supervisar la cargue y descarga.
Lograr reparaciones de emergencias menores, necesarias.
Estar siempre dispuesto a la capacitación y entrenamiento.
DEL VIAJE O CIRCULACIÓN.
1. - No Detenerse en El Camino.
El camión cargado no debe detenerse en el camino.
De ser necesaria la detención por alguna emergencia o parada técnica, debe permanecer
siempre vigilado.
Si el camión debe permanecer estacionado dar aviso a Carabineros de Chile más
cercano, para solicitar el apoyo necesario en la protección de la carga, señalizar el lugar
de estacionamiento del vehículo con conos reflectantes.
2. - Ocurrencias Anormales.
Cualquier ocurrencia anormal que se presente en el trayecto (robo, accidente u otra) debe
ser informada de inmediato a la empresa, quien de inmediato informara al cliente,
Carabineros más cercano, y autoridad fiscalizadora correspondiente.
3. - Emergencias.
En el caso particular de una emergencia en el transporte, actuar según lo dispuesto en
“PLAN DE CONTINGENCIAS”.
4. - Itinerario o Ruta.
El itinerario debe ser confeccionado por el transportista responsable del transporte,
considerando lo establecido en el Decreto 298 que reglamenta el transporte de cargas
peligrosas por calles y caminos.
5. - De La Carga.
Declara recibir conforme la carga y se hace responsable por su transporte de acuerdo a lo
detallado en la Guía de Despacho.
Llevar en la cabina del vehículo y siempre a mano la Hoja de Datos de Seguridad (HDS)
de los Productos transportados.
Que el vehículo debe portar los rótulos y el Nº de ONU a que se refiere la NCh 2190 Of.
2003 para identificar claramente la carga transportada.
Todo conductor tiene la obligación de tener conocimiento del Decreto 298 que reglamenta
el transporte de Cargas Peligrosas por calles y caminos.
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